Desde hace pocos años, algunas empresas han optado por pagar el salario de sus trabajadores o, al menos, parte de él, en criptomonedas. Después del enorme crecimiento de estas divisas, sobre todo de bitcoin o Ethereum, durante los últimos meses, algunos emprendedores están experimentando serios problemas de liquidez para hacer frente a estas nóminas.

Uno de los casos más sonados se hizo público hace apenas unos días. Un emprendedor estadounidense ha reclamado a uno de sus trabajadores la devolución de las criptomonedas que pagó por realizar un trabajo. Aunque el empresario alega que el trabajador no “generó ningún ingreso para la empresa y no está haciendo ningún trabajo de seguimiento”, parece que la principal causa se encuentra en la revalorización de la divisa, que creció un 700% desde el pago el pasado mes de agosto.

Prueba de ello es que el propio emprendedor ha ofrecido al trabajador facturar las horas en dólares. “He trabajado con esta persona durante muchos años, y tiene una tendencia a tratar de cambiar las condiciones de pago después de acordar una determinada forma de operar», ha admitido el trabajador, que afirma no saber qué hacer ahora.

Esta historia solo es un ejemplo del gran riesgo de pagar a los trabajadores con criptomonedas. Este riesgo, además, afecta a ambas partes, ya que la enorme volatilidad de estos activos puede convertir un salario modesto en millones o, por el contrario, en una cantidad de dinero tradicional insignificante.

Sin embargo, algunas de las grandes compañías de Silicon Valley ya están trabajando para incorporar las criptomonedas a sus políticas salariales. Es el caso de Twitter, que está valorando la posibilidad de pagar a sus empleados con bitcoin, aunque también permitiría negociar el salario en moneda tradicional.

¿Cómo tributan las criptomonedas?

Aunque se perciban a través del salario, las criptomonedas siguen tributando de la misma manera en España. Las operaciones con criptomonedas se deben incluir en la casilla 389 de la declaración de la renta. Se declaran las ganancias o pérdidas obtenidas por la venta de criptomonedas, por lo que desde TaxScouts recomiendan tener un listado de las operaciones realizadas con criptomonedas para saber cuál es el importe a declarar. Deben ir en el apartado ‘otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro’.

Además, las pérdidas en la venta de criptomonedas podrán compensarse hasta el 25%. Si la venta de criptomonedas supone una pérdida, estas se compensan con las ganancias derivadas de otras transmisiones, y si el resultado global es de pérdida, podrá compensarse hasta el 25% con las ganancias de los rendimientos del capital (si no hubiera ganancias no se podría compensar).

Por último, y en el caso de estar obligado a declarar el impuesto del patrimonio, se deberá incluir el valor de las criptomonedas en el momento de la declaración del impuesto y pagar según el tipo aplicable. Este impuesto tiene un mínimo exento a partir de 500.000 euros (cambia por comunidad autónoma), lo que significa que no hay que presentarlo salvo que se tenga un patrimonio superior.

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